jueves, 5 de noviembre de 2009

Gómez Mazara y Peña Guaba intiman a Miguel Vargas para que convoque Comisión Política PRD


Los dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano, Guido Gómez Mazara y Tony Peña Guaba intimaron al presidente de la Comisión Nacional Organizadora de la pasada convención y al presidente del PRD para que cumplan con el mandato reglamentario de conocer las impugnaciones a los resultados del evento electoral celebrado el 27 de septiembre. En instancias separadas enviadas mediante actos de alguacil, los dirigentes perredeístas emplazan a Tomás Hernández Alberto y a Miguel Vargas Maldonado a cumplir las disposiciones del artículo 4 del Reglamento de la Convención que define los procedimientos que se deben seguir para conocer y resolver los aspectos contenciosos del proceso.

Los candidatos a la secretaría general y a la secretaría nacional de organización en la pasada convención emplazaron primero al ingeniero Tomás Hernández Alberto para que en un plazo de dos días a partir de la fecha de intimación proceda a conocer los pedimentos de la instancia impugnatoria depositada en la Comisión Nacional Organizadora de la Convención.

El acto dirigido al ingeniero Vargas Maldonado lo conmina a convocar a la Comisión Política de esa entidad en un plazo estricto de dos días, tan pronto se venza el plazo previo otorgado al ingeniero Hernández Alberto

Sostienen que durante el conocimiento del acto de impugnación en la Sub.-Comisión del Conflictos, “no se procedió al examen de las piezas que constituyen las pruebas depositadas en el presente expediente objeto de reclamación que de haberse estudiado y deliberado de seguro que había variado la suerte del recurso”.

Igualmente que “en la resolución dictada por la Comisión Organizadora se violentaron los más elementales derechos de defensa cuando las partes reclamantes no fueron escuchadas en esa comisión la que constituye un grado de jurisdicción de derecho de conformidad con lo establecido en el artículo cuatro del Reglamento de la Convención”.

Y aseguran que “en ninguno de los documentos suministrados y aprobados por la Comisión Organizadora de la XXVII Convención Ordinaria, se establece plazo alguno para impugnar las decisiones de la Comisión, a pesar de lo cual el Presidente la Comisión, Ingeniero Hernández Alberto, se despachó señalando el establecimiento de un plazo de 48 horas sin aportar una Resolución del referido organismo que así lo avale”, constituyendo, a su juicio, una evidencia más de las constantes violaciones que ha permeado todo el proceso convencional.

Plantean que “este proceso convencional ha sido viciado por la conducta y actitud del Presidente de la Comisión Organizadora Ingeniero Tomás Hernández Alberto, quien ha manifestado una abierta, agresiva e inequívoca actitud de parcialidad con relación a los candidatos Orlando Jorge Mera y Geanilda Vásquez.

Apuntan además que “todo el montaje orquestado y dirigido por Autoridades del Partido en complicidad con el Presidente y miembros de la Comisión Organizadora de la XXVII Convención Ordinaria, es con el expreso fin de torcer la voluntad de las bases del Partido que eligieron de manera mayoritaria a los señores Guido Gómez Mazara yTony Peña Guaba, como Secretario General y Secretario Nacional de Organización del PRD, respectivamente.

Entre los propósitos de la acción legal se solicita la declaración de nulidad de todos los Boletines emitidos por la Comisión Nacional Organizadora de la XXVII Convención Ordinaria y que se proceda a revisar Acta por Acta en presencia de los delegados de cada uno de los candidatos, conformando las Actas escaneadas por la Junta Central Electoral con la copia de las Actas de los Delegados, de los 3 mil 348 Centros de Votación.

Otro pedimento es que “las Actas anuladas por la Comisión Nacional Organizadora de la XXVII Convención Ordinaria porque supuestamente no llegaron dentro de las 72 horas luego de transcurrido el proceso convencional, sean revisadas, validadas y aprobadas por los miembros de Comisión Nacional Organizadora de la XXVII Convención Ordinaria y los delegados de los Candidatos.

En las motivaciones de la acción legal, a cargo del abogado Juan Winston Arnaud, se afirma que “todos los Boletines, desde el primero hasta el último fueron resultados de actas no validadas de conformidad con el protocolo establecido por la propia Comisión Organizadora, y replanteada en el Centro de Computo”.

0 comentarios:

Blog Archive

About Me

Lic. Frank Guerra
Ver todo mi perfil