sábado, 30 de octubre de 2010

Fiscal de Bonao habría contratado un sicario para matar supuestos delincuentes

Andres-Ramirez-Nova
De acuerdo a las declaraciones suministradas por el cabo Juan Manuel Reyes Navarro, por órdenes de Ramírez Nova, él habría matado a los nombrados Amadito (en diciembre de 2009), El Topo (en abril de 2010), Ñoño (en mayo de 2010), Papito (en febrero de 2010), entre otras personas, además de dejar lisiados a otros supuestos antisociales, entre ellos Chiquito y Zapatón.
El abogado notario fue contactado por el equipo de El Gobierno de la Mañana, en donde se leyó el documento notarial por vez primera, y dijo que no podía afirmar ni negar el contenido del documento porque simplemente se hizo eco de una declaración del cabo, quien -según él- procuraba dejar un documento con valor legal por si algo le pasara a él o a su familia.
Reyes Ureña dijo no entender cómo el documento fue filtrado, porque se suponía que no debería ser divulgado al menos que el cabo Reyes Navarro fuera víctima de algún acto retaliativo.
El fiscal de Bonao, Arismendy Ramírez Nova, se comunicó vía telefónica con el staff del programa y negó la especie de que le acusa el cabo, y explicó que en días pasados recibió una llamada de éste en la que le informaba que tuvo que hacer ese acto notarial obligado por el teniente de la Policía Nacional apellido Ortiz de la dotación policial de Bonao.
"No tengo ninguna vinculación con el nombrado Navarro. Y debo decirles que la semana pasada me llamó varias veces para informarme que el teniente Ortiz lo había metido al medio con un documento que él había hecho en Cotuí ante un notario, y que Ortiz le dijo que si él se prestaba para hacer el documento lo iba a ayudar en su caso".
Según el fiscal, tanto Navarro como Ortiz se encuentran presos por la muerte de un joven que detuvieron en Bonao y mataron a batazos y puñaladas, por lo que como fiscal tuvo que actuar enviando a la cárcel a los policías y solicitando prisión preventiva como medida de coerción contra ellos.
Según personas de Bonao consultadas por www.Z101Digital.com, en efecto están muertas algunas de las personas mencionadas por el cabo que se autoreconoce como sicario.

A continuación, la declaración jurada que se atribuye al cabo Juan Manuel Reyes Navarro: 

DECLARACION JURADA
En esta ciudad y municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, a un (01) día del mes de octubre del año dos mil diez (2010). Yo, DR. RAFAEL  ANTONIO REYES UREÑA, dominicano, mayor de edad, casado, notario público de los del número para el municipio de Cotuí, inscrito en el Colegio de Notarios de República Dominicana, bajo el número 1559, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 049-0005967-8, encontrándome en mi despacho de abogado, cito en la calle Duvergé No. 34 A, del sector El Tamarindo, de esta ciudad de Cotuí, siendo las 5:00 pm del día primero (1) del mes de octubre del año dos mil diez (2010) CERTIFICO y DOY FE que por ante mi comparecio de manera personal, libre y voluntariamente, el senor JUAN MANUEL REYES NAVARRO, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 049-0071067-6, residente y domiciliado en la ciudad de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, República Dominicana, quien actúa por si de manera personal, libre y voluntariamente y bajo la fel del juramento me ha declarado lo siguiente: PRIMERO: Que en el mes de noviembre del año dos mil nueve (2009) fue designado para servicios como cabo de la Policía Nacional al Cuartel General 27ma. Unidad del Departamento PN Bonao. SEGUNDO: Que días después de su llegada, fue designado como patrullero preventivo comandando la unidad motorizada denominada DELTA 4, junto al cabo Arodi H. Romero Cava PN. TERCERO: Que en el transcurso de sus servicios de patrulla preventiva se fue relacionando con diferentes autoridades del municipio de Bonao, tales como el magistrado procurador fiscal del distrito judicial de Monseñor Nouel, Lic. Andres Ramírez Nova, con quien estableció un vínculo estrecho de amistad, al punto de que este, en su condición de fiscal titular, le impartía órdenes directas para desaparecer físicamente a sujetos que el entendía eran amenazas a la seguridad social. Entre esas órdenes que recibió para eliminar físicamente a personas se encuentran los hoy occisos, reconocidos por sus apodos: ARMANDIDTO, el cual cayó abatido en el mes de diciembre del año 2009 en el sector Brisas del Yuna; El TOPO,  quien perdiera la vida en las mismas circunstancias en el sector Prosperidad, de esa ciudad, durante el mes de abril de 2010; NOÑO, quien falleciera en el sector Villa Liberación, de Bonao, en el mes de mayo de 2010; PAPITO, el cual cayera abatido en el sector Los Cocos, de esa ciudad de Bonao, en el mes de febrero de 2010; casos como estos suman un total de diecisiete (17) ejecutados. CUARTO: De igual forma, el declarante manifiesta haber recibido órdenes directas del magistrado Ramírez Nova para dejar con lesiones permanentes (lisiados) a los nombrados CHICHITO, ZAPATON y BEREJE, órdenes estas que fueron cumplidas al pie de la letra. QUINTO: El titular del Ministerio Público de Bonao, también le impartió órdenes de ejecutar a los nombrados Arismendy, Junior Manga, La Pulguita, Robert el Alemán, El Mello, Bobote, Alvaro La Brega, entre otros; órdenes estas que  no fueron ejecutadas porque las condiciones no se dieron, pero sobre todo le reiteró la orden de eliminar físicamente a un tal GRINGO, residente en el Callejón de los Padres, porque este había atracado a la hija de dicho funcionario, despojándole de un celular Blackberry y su cartera, siendo acompañado por dicho funcionario judicial en  una ocasión para ver cumplir esa orden, la misma no se cumplió porque GRINGO abandonó la ciudad de Bonao. SEXTO: Declara, además, que no fue objeto de ninguna investigación en virtud del respaldo que recibía del realudido funcionario judicial, el cual lo manifestaba públicamente, diciéndole a través de un programa de televisión que él mismo produce: ''Sigue trabajando, Navarro, que tú cuentas conmigo''. SEPTIMO: Manifiesta que es su entera voluntad que copia de este documeneto permanezca en poder de la personas de su entera confianza, a las cuales el declarante les hará entrega, con la misión expresa de hacerla pública en caso de que su vida y la de su familia corriesen peligro. OCTAVO: La presente declaración fue realizada en presencia de los señores: ENOC GUENEN ALVARADO y VICTOR FELIX OTAÑEZ SALCEDO, dominianos, mayores de edad, portadores de las cédulas de Identidad y Electoral nos. 049-0070351-5 y 049-0074438-6, domiciliados y residentes en este municipio de Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones como los requiere la ley; quienes después de oir lo que declaran los comparecientes y en señal de su aprobación y conformidad con lo declarado por esto corresponde a la verdad, proceden a estampar sus firmas por ante mí y  junto a mí, Notario Público que certifico y doy fe.
Esta declaración aparece firmada por Juan Manuel Reyes Navarro, como compareciente; Enoc Guenen Alvarado y Víctor Félix Otañez Salcedo, como testigos.

0 comentarios:

Blog Archive

About Me

Lic. Frank Guerra
Ver todo mi perfil