martes, 3 de junio de 2008

Rechazan retiro querella contra Lockward por caso cupones

El coordinador general de la Alianza Dominicana contra la Corrupción rechazó este lunes la decisión del procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, de retirar la acusación contra Angel Lockward, por el proceso que se le sigue por presunta irregularidades en la distribución de cupones del Gas Licuado de Petróleo (GLP), por la suma de 200 millones en perjuicio del Estado de dominicano.

Julio César de la Rosa Tiburcio hablar con los periodistas previo a la entrega de un documento al procurador general de la República, pidió al máximo organismo del Ministerio Público dejar sin efecto la acusación que presentó el Departamento de Prevención Contra la Corrupción Administrativa (DPCA) por ante Tercer Tribunal Colegiado en contra de Lockward.

Indicó que elevarán un recurso de objeción por ante el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, quien tiene potestad para conocer el juicio el 19 de este mes.

El coordinador de la entidad expresó que esa decisión por parte del Ministerio Público, en Lockward, obedece "a un favor político del presidente Leonel Fernández porque éste dirigente apoyo su reelección".

Manifestó que el DPCA y la Procuraduría General de la República no tienen "moral" para seguir enfrentando la corrupción.

El pasado miércoles el director del DPCA, Octavio Líster, se desapoderó del expediente del GLP mediante una instancia dirigida al Procurador Radhamés Jiménez Peña donde le pedió que designara dos fiscales adjunto para que representaran al ministerio público ante el tribunal colegiado del Distrito Nacional.

Luego Jiménez Peña remitió una instancia a los jueces del tribunal señalando que el ministerio público decidió retirar el escrito de acusación en contra de Lockward y que solo se mantenía la acusación contra otras 37 personas que también figuran en el expediente.

Lockward está acusado junto otros de prevaricación, desfalco, asociación de malhechores, extorsión, estafa y abuso de confianza, en violación de los artículos 59,60,123,166,170,171,172,174,265,400,405, y 408 del Código Penal Dominicano.

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