martes, 17 de febrero de 2009

Maconi trató de eludir a los comandos de la DNCD


SANTO DOMINGO.- La captura de Bienvenido Guevara Díaz, alias Maconi y/o El Cuñado, considerado el primer extraditable que se enviará a Estados Unidos tras las confesiones de Quirino Ernesto Paulino Castillo, fue precedida el día anterior de un tiroteo entre agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas y guardaespaldas del buscado, en las proximidades de una de sus residencias en el sector Los Cacicazgos, de esta capital.


Fuentes de la investigación dijeron que Maconi fue capturado por la DNCD en un baño del aeropuerto Las Américas (AILA), después de varios días de vigilancia y de que la agencia recibiera una orden de arresto emitida por la Procuraduría General de la República. Será extraditado cuando las autoridades concluyan el proceso previsto por la ley, a los fines de ser enviado a Nueva York, donde deberá responder cargos criminales ante una Corte del Distrito Sur de esa urbe.

El equipo que daba seguimiento a Maconi, se explicó, lo tenía ubicado desde hace varios días y tenía la certeza de que se movilizaba en una yipeta color blanco, seguido por otros autos ‘llenos de espalderos’. El sábado trató de confundir a los agentes, porque el vehículo en que se desplazaba no siguió en ruta a San Pedro de Macorís, pero el personal prefirió seguir a otro que se desvió al AILA, resultando que allí iba el imputado. No se sabe si tenía la intención de salir de manera furtiva del país.

Con espalderos
No hizo, en cambio, ninguna resistencia, a pesar de que horas antes el personal había sido agredido con armas de grueso calibre por personal de su seguridad en las inmediaciones de una vivienda ubicada en Los Cacicazgos, donde se estableció luego que sirve de ‘bunker’ al jefe de sus espalderos, cuyo nombre no ha sido obtenido. Son tan expertos los protagonistas del ataque que tuvieron tiempo para recoger los casquillos, de modo que fue imposible para la DNCD recuperarlos para analizarlos en la Policía.

La orden de captura de Guevara Díaz fue emitida en EEUU el 11 de febrero de 2008, fallo dado por el juez Gabriel W. Gorenstein, mientras el acta de acusación es la 08-CRIM-111.

Y la nota diplomática de la embajada de EEUU que dio curso a la solicitud de extradición es la número 13, del 9 de enero de 2009, de acuerdo con los detalles ofrecidos. Fue recibida entonces por Cancillería y de allí remitida al despacho del procurador Radhamés Jiménez Peña, de la que fue apoderada Cueto González. A Guevara Díaz se le acusa en un primer cargo de violar el Título 21 del Código de Justicia de EEUU, así como las Secciones 812, 952, 959 (a), 960 (a) (1), 960 (b) (1) (B) (ii) y 963.

Distribución de la droga
Un segundo cargo puesto en su contra dice que se habría asociado con otros individuos para distribuir y cocaína, en violación también al Título 21 del Código de los EEUU, Secciones 812, 841 (a) (1), y 841 (b) (1) (A) y 846.

Nativo de Enriquillo, provincia Barahona, Maconi tiene su domicilio en el sector Alameda, Santo Domingo Oeste, y posee otros inmuebles en diferentes puntos de la capital y en San Cristóbal. Su caso fue manejado por la SCJ conforme establece el artículo 9 de la Convención sobre Extradición, adoptada por la Séptima Conferencia Internacional, celebrada en Montevideo, Uruguay, el 26 de diciembre de 1933, pero vigente en República Dominicana desde el 10 de octubre de 1934.

El tribunal supremo observó también la Ley 76-02, que instituye el CPP, el Tratado de Extradición del 21 de septiembre de 1910, suscrito entre República Dominicana y EEUU. La medida está fundamentada, se explicó, en el artículo 163 del CPP, en el que se otorga a SCJ la facultad para aplicar las medidas de coerción pertinentes en relación a una persona solicitada para ser extraditada.

PEDIDO EXTRADICCIÓN DE EMBAJADA DE EEUU

LOS BIENES SERÁN CONFISCADOS
La embajada de Estados Unidos en el país solicitó a República Dominicana la extradición de Ernesto Bienvenido Guevara Díaz (Maconi) y la confiscación de bienes en posesión del prevenido.

La solicitud fue remitida a la Procuraduría General de la República, vía Cancillería, luego de una orden de arresto dictada en su contra por el juez Gabriel W. Gorenstein, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, donde está acusado de confabulación con la intención de importar drogas a los Estados Unidos.

Conforme a la solicitud de extradición, un testigo cooperador que está familiarizado con Guevara Díaz, ha identificado su voz en grabaciones.

EXPEDIENTE
La documentación señala que el 17 de diciembre de 2004 Guevara habló con un confabulador por teléfono y le dio instrucciones sobre cómo envolver los 1,300 kilogramos de cocaína incautados el 18 de diciembre de 2004 que tenía en su poder.

Guevara Díaz es buscado por los Estados Unidos para ser juzgado por delitos vinculados al narcotráfico. Es el sujeto de un acta de acusación en el caso número 08 CRIM, 111, registrado bajo el sello de febrero de 2008, en la Corte Distrital de EU del Distrito Sur de Nueva York.

La solicitud de extradición destaca que los hechos subyacentes de las acusaciones indican que en 2004 República Dominicana realizó interceptaciones telefónicas autorizadas judicialmente a miembros de la organización de trafico de drogas de Alburquerque Fortuna, uno de los implicados en la red de Quirino.


La investigación de las interceptaciones, agrega la documentación de la cual posee copia LISTÍN DIARIO, revela que Guevara Díaz y sus confabuladores recibieron un cargamento de cocaína en la República Dominicana, que tenían la intención de embarcar a Estados Unidos para distribución en el área de Nueva York y alrededores.

EL CABECILLA
El presidente de la DNCD, Gilberto Delgado Valdez, dijo que Guevara Díaz era el presunto cabecilla de la estructura logística y operacional de Paulino Castillo. Agregó que era uno de los hombres que protegía el camión con los mil 387 kilos de cocaína atribuidos a Quirino, pero logró evadir el arresto en diciembre del 2006. Guevara Díaz fue apresado por miembros de la DNCD en el Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA) en compañía de una persona que había sido deportada de Estados Unidos, cuyo nombre la institución no facilitó.

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