lunes, 3 de mayo de 2010

PRD pide JCE anule candidatura a síndico PLD en Villa Altagracia por poseer dos cédulas


SAN CRISTÓBAL.- El comité municipal del Partido Revolucionario Dominicano en Villa Altagracia impugnó este lunes la candidatura a síndico por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), José Mendez Restituyo (a) Luis Pavolo, tras determinarse que posee dos cédulas de identidad y electoral.En rueda de Prensa ofrecida este lunes en el Comando de Campaña del PRD en San Cristóbal, la dirigencia del partido opositor dijo que una de las cédulas es la número No.068-0030711-5, de la Circunscripción 2, hábil para votar en el colegio 0067 de Villa Altagracia.

“Una segunda Cédula de Identidad y Electoral a nombre de la misma persona, o sea, José Miguel Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo, esta identificada con el No.068-0036108-8, de la Circunscripción No.2, hábil para votar en el Colegio de Votación (mesa electoral) 0067A de este municipio” establece la instancia en la que el PRD impugna al candidato a alcalde peledeista en Villa Altagracia.

La instancia fue elevada ante el magistrado presidente de la Junta Central Electoral, doctor Julio César Castaños Guzmán, y demás Jueces que Integran el Máximo Tribunal Electoral de la República Dominicana (JCE), por los abogados Roberto Faxas Sánchez, Rafael Mariano González Castillo, Eddy Manuel Pujols Suazo, Carmen Lidia Castro Frías, Pedro De La Cruz Campusano, Agustín Castillo De La Cruz, Andrés Candelario García y el Mercedito Mateo Navarro.

El documento está firmado por el licenciado Mario M. Amarante Familia, presidente del Comité Municipal del PRD en Villa Altagracia, en nombre de quien actúan los abogados.

El PRD acusa a José Miguel Mendez (a) Luis Pavolo de haber violado las leyes Penal y Electoral “en razón de que posee duplicidad de

identidad, es decir que ostenta dos cédulas de identidad y electoral y dos registros de actas de nacimiento”.

En ese sentido, lo acusan de violar los artículos 147 y 149 del Código Penal Dominicano, combinados con la Ley No.659, sobre Actos del Estado Civil, Ley No.8-92 sobre Cédula de Identidad y Electoral, y los Artículos 170 y siguientes de la Ley 275-97, Ley Electoral.

Informaron que presentaron a la JCE copias de ambas cédulas, actas de nacimiento, así como los correspondientes folios de la Cédula de Identidad y Electoral No. 068-0030711-5, correspondiente al candidato impugnado José Miguel Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo.

En un acta de Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo, aparece inscrito en el acta Núm.00410, Folio 0010, Libro 00003, año 2004, y figuran como padres los señores Alejandro Méndez y Felicia Paula.

En la segunda acta de Nacimiento correspondiente Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo figura inscrito en el acta Núm.00381, Folio 0181, Libro 00043, año 1993 (segunda Acta), figuran como sus padres José Luis Méndez y Rosario Restituyo Marte. :5) Copia del Patrón Electoral, correspondiente al Colegio 0067A donde figura el señor José Miguel Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo, hábil para votar.

Otra documentación entregada a la JCE es una copia del Patrón Electoral, correspondiente al Colegio 0067, donde figura Méndez

Restituyo (a) Luis Pavolo, hábil para votar, con lo que se puede comprobar que ejerce el voto en más de una mesa electoral.

El PRD establece que Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo, para poder consumar este fraude obviamente incurrió en la falsedad para obtener de manera irregular y fraudulenta un nuevo registro y Acta de Nacimiento, de las denominadas (Declaración Tardía) tal y como se comprueba en el Certificado de Acta de Nacimiento de Declaración Tardía, inscrito en el Libro 00043, Folio 0181, Acta No.00381, Año 1993, y la declaración de Nacimiento Tardía, inscrita en el Libro 00003, Folio No.0010, Acta No.00410, Año 2004;

“Tal y como se puede comprobar en las dos actas de nacimientos aportadas como pruebas, el candidato impugnado señor José Miguel Méndez Restituyo (a) Luis Pavolo, se pueden observar entre otras irregularidades que en lo relativo al nombre de los padres también existe diferencia, esto así, porque si bien es cierto que en una son sus padres los señores Alejandro Méndez y Felicia Paula, no menos cierto es que en la otra acta se observan como sus padres los señores José Luis Méndez y Rosario Restituyo Marte” expone en sus motivaciones ante el tribunal electoral.

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