miércoles, 7 de septiembre de 2011

Industria y Comercio entregará información fijación precios de los combustibles


El Ministerio de Industria y Comercio informó este miércoles que en el marco de la transparencia y legalidad que caracteriza sus actuaciones, dará fiel cumplimiento a la sentencia que dispuso la entrega de información relacionada con la fijación de los precios  semanales de los combustibles.
A través de una declaración escrita remitida por su Dirección de Comunicaciones, el MIC sostiene que la ciudadanía puede tener la plena  seguridad de que ha actuado con estricto apego a ley e inspirada en aminorar los efectos de la volatilidad en los precios de los combustibles, lo que resulta ventajoso para los consumidores.
“La sociedad puede permanecer en la seguridad de que el gobierno, a través del Ministerio de Industria y Comercio, continuará ejecutando una política de fijación de precios de los combustibles en respeto de las disposiciones de la Ley 112 y su Reglamento de Aplicación, y siempre con el objetivo de que la volatilidad de los precios internacionales de los derivados del petróleo afecten en la menor medida posible a nuestra población”, sostiene.
Explica que, de conformidad con los procedimientos legales ordinarios vigentes, está realizando las gestiones necesarias a los fines de hacer entrega de la documentación requerida el próximo martes 14.
El Mic indica que recibió la tarde de este martes la notificación de parte del Tribunal Superior Administrativo de la Sentencia No.97/2011, dictada por la Primera Sala de ese Tribunal, la cual ordena la entrega al Movimiento “Bájame La Gasolina”, en soporte físico (papel), de las informaciones relacionadas con la definición y el reporte histórico de las sumas y/o porcentajes correspondientes a las variaciones y/o indicadores que componen el precio de paridad de importación (PPI).
Explica que el PPI constituye una de las variables establecidas por el Reglamento de Aplicación de la Ley 112 Tributaria de Hidrocarburos, el Decreto 307-01 de fecha 2 de marzo de 2001, para la fijación del precio oficial de venta de los combustibles en el país. La Sentencia 97/2011 no impone un plazo para la entrega de la información según la nota enviada por la Dirección de Comunicaciones del MIC.

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